00 - LA LETRA GRANDE
No vas a leer este acuerdo, ¿verdad? Nadie lo hace. Pero te resumimos lo que viene a
continuación, porque es vinculante para ti si usas esta aplicación. Básicamente, acordamos
que
Log and
Go es una herramienta para cumplir con la obligación de llevar un registro horario de la
jornada
de
trabajo. Naftic ha desarrollado la aplicación, lo que significa que se encargará de que
funcione
bien
para hacer su trabajo y que la propiedad intelectual le pertenece. También significa que el
uso
no es
gratuito. Log and Go es una herramienta hecha para resolver de la forma más eficaz posible
un
problema complejo. Pero es sólo eso, una herramienta: la responsabilidad de usarla bien es
tuya,
no de
Naftic. Nosotros hemos fabricado el martillo. Todas las responsabilidades de lo que hagas
con él
son
tuyas. También acordamos que Log and Go funciona con geolocalización, y que nos cedes los
datos
personales indispensables para prestar el servicio, y que nosotros los protegeremos según la
ley
de
protección de datos. Nos tomamos estas cosas muy en serio. Hemos creado una aplicación de la
que
estamos orgullosos y que creemos que te será muy útil en tu día a día. ¡Creemos que es la
mejor
forma
de protegerte en tu trabajo! Pero tampoco somos responsables del posible uso judicial que se
dé
a este
registro, a favor o en contra. Ninguna forma de registro garantiza su perfección, pero
nosotros
nos
hemos esforzado mucho por hacer un buen registro. Si usaras un cuaderno y un lápiz para
hacer el
registro, nosotros seríamos los fabricantes del cuaderno y el lápiz. Log and go es mejor y
más
seguro,
pero su éxito no depende de nosotros. Depende de ti.
1 Ámbito y definiciones
Este acuerdo de licencia regula por entero la relación existente entre usted, el cliente o
usuario, y
Naftic Cloud SL, respecto al software Log and Go. A los efectos de este acuerdo, se
considera que los
siguientes términos tienen los siguientes significados:
1.1- «Acuerdo» significa este acuerdo de licencia de
usuario final del software.
1.2- «Documentación» significa las distintas publicaciones
de carácter técnico elaboradas y
difundidas por Naftic Cloud al cliente, relativas al correcto uso del Software, tales como
manuales,
instrucciones o tutoriales.
1.3.- «Licencia» significa la licencia que se concede al
cliente por parte de Naftic Cloud SL en virtud
del presente acuerdo.
1.4.- «Naftic Cloud» significa Naftic Cloud SL, así como sus
filiales, pudiendo designarse
indistintamente por el nombre de la mercantil, Naftic Cloud o Naftic.
1.5.- «Cliente» se refiere a la persona física o jurídica
que adquiera la licencia de uso conforme al
presente acuerdo, y se haya hecho constar en la factura emitida por Naftic o cualquier otro
distribuidor
autorizado del software.
1.6.- «Material autorizado» significa software,
documentación y cualquier contenido audiovisual
contenido a su vez en el software, tanto en el momento de la aceptación de estas condiciones
como en
el caso de posibles actualizaciones.
1.7.- «Software» significa los programas de ordenador o las
aplicaciones para cualquier tipo de
dispositivo electrónico compatible con las mismas, que permitan la ejecución en las mismas
del
programa «Log and Go».
1.8.- «Usuario» significa la persona física que utiliza el
software, con independencia de que sea el
cliente, como consecuencia de haber sido dado de alta con una licencia debidamente
autorizada.
Cualesquiera otros términos se definirán, particularmente, a lo largo del acuerdo. La
instalación
o o cualquier otro uso del Software supone un consentimiento completo y sin reservas a
reconocer
eficacia, y someterse y obligarse, a lo dispuesto en el presente acuerdo. La no aceptación
de los
términos de este acuerdo supone la prohibición expresa de Naftic de que se proceda a la
instalación o
el uso de Log and go, excluyendo expresamente cualquier responsabilidad y/o obligación por
parte de
Naftic o los distribuidores autorizados por Naftic para la distribución del software.
2.- Entrega
Se considera entregado el software y puesto a disposición del cliente desde que se notifique
al
cliente, a través de cualquier medio, que puede proceder a la descarga de Log and Go a
través de la
página web de Naftic o de un distribuidor autorizado, a fin de que se instale en un equipo
informático
de cualquier naturaleza, terminal móvil, dispositivo electrónico o servidor del cliente. El
uso de material
autorizado de Naftic de cualquier clase, incluso parcial, se considerará equivalente a la
aceptación y
recepción de dicho material.
3.- Licencia Comercial
3.1- Salvo que se indique expresamente lo contrario por Naftic o un distribuidor autorizado
de su
software, se considerará como comercial cualquier licencia concedida. Si la licencia es
comercial, Naftic
concede al cliente, que la acepta, una licencia no exclusiva, no transferible por cualquier
título, no
disponible, no susceptible de subrogación o subexplotación, vinculada al cumplimiento de los
deberes
estipulados en este acuerdo, para instalar y utilizar el material autorizado en la forma
prevista en este
acuerdo. Cualquier otro uso no está permitido y constituirá un incumplimiento de este
acuerdo por el
cliente.
3.2- Tipos de licencia
3.2.1- Licencia comercial principal. Se entiende por licencia principal, de carácter
comercial, la
concedida para el uso empresarial del software y cualquier otro material autorizado por
Naftic, a la
persona física o jurídica que la adquiera, conforme a las estipulaciones de este acuerdo.
Naftic concede
al cliente, que acepta, una licencia no exclusiva, no transferible por cualquier título, no
disponible, no
susceptible de subrogación o subexplotación, vinculada al cumplimiento de los deberes
estipulados en
este acuerdo, para instalar y utilizar el software, y dar de alta a los usuarios necesarios
para los fines
empresariales de registro horario de la jornada de trabajo. Cualquier otro uso del software
queda
expresa y absolutamente excluido.
3.2.2- El usuario del software o material autorizado, subordinado a una licencia comercial
principal,
podrá usar la aplicación en los términos previstos en este acuerdo, con idénticas
obligaciones que las
del cliente, aun en el caso de que este acuerdo aluda únicamente al cliente.
4 Uso demostrativo, de evaluación, académico y educativa
4.1- Licencia para uso demostrativo
4.1.1.- Si se concede a un cliente una licencia de uso demostrativo, Naftic concede al
cliente, que
acepta, una licencia no exclusiva, no transferible por cualquier título, no disponible, no
susceptible de
subrogación o subexplotación, vinculada al cumplimiento de los deberes estipulados en este
acuerdo,
para instalar y utilizar el software a los exclusivos fines demostrativos. Por fines
demostrativos se entiende
que el software pueda ser utilizado por el cliente para mostrar su funcionamiento a
potenciales clientes,
empleados, colaboradores y otros terceros que operen en el tráfico mercantil habitual del
cliente, a fin
de comprobar que el software se adapta a sus necesidades. Cualquier otro uso del software
queda
expresa y absolutamente excluido.
4.1.2.- La licencia para uso demostrativo se concede para los tipos de licencia expresados
en el punto 3
de este acuerdo. Esto significa que puede instalarse, a los efectos demostrativos, un copia
del software
tanto en el terminal del empresario como en el de un trabajador, a los efectos de comprobar
su
funcionamiento.
4.1.3.- Si el cliente incumpliera lo dispuesto en este acuerdo respecto del uso
demostrativo, y (a título de
ejemplo pero no exclusivamente) usara el software para un uso comercial, el cliente se
obliga a adquirir
una licencia comercial, por el precio que en ese momento tenga la licencia, incrementada con
penalización del 10%.
4.2.- Licencia de evaluación
4.2.1.- Si se concede a un cliente una licencia de evaluación, Naftic concede al cliente,
que acepta,
una licencia no exclusiva, no transferible por cualquier título, no disponible, no
susceptible de
subrogación o subexplotación, vinculada al cumplimiento de los deberes estipulados en este
acuerdo,
para instalar y utilizar el software a los exclusivos fines de evaluación. Por fines de
evaluación se
entiende que el software pueda ser utilizado por el cliente para comprobar que el software
se adapta a
sus necesidades. Cualquier otro uso del software queda expresa y absolutamente excluido.
4.2.2.- La licencia para uso de evaluación se concede para los tipos de licencia expresados
en el punto
3 de este acuerdo. Esto significa que puede instalarse, a los efectos de evaluación, un
copia del
software tanto en el terminal del empresario como en el del número de trabajadores que
correspondan
según el plan inicial contratado (a modo enunciativo y de ejemplo, plan 5, plan 10, plan 15,
plan 25,
que se ofertan en el momento de adquirir la licencia de evaluación), a los efectos de
comprobar su
funcionamiento. Podrá usarse esta licencia en tantos centros de trabajo como permita el plan
inicial
contratado.
4.2.3.- Si el cliente incumpliera lo dispuesto en este acuerdo respecto del uso de
evaluación, y (a título
de ejemplo pero no exclusivamente) usara el software para un uso comercial pleno, el cliente
se obliga
a adquirir una licencia comercial, por el precio que en ese momento tenga la licencia,
incrementada
con penalización del 10%.
4.2.4.- Una vez finalizada la vigencia de la licencia de evaluación, el software solicitará
un método de
pago válido. Una vez introducido, se producirá en el mismo el cargo que corresponda, una vez
se
alcance la fecha de renovación, entendiendo que la licencia de evaluación se ha transformado
en una
de carácter comercial.
4.2.5.- En el caso de no introducirse en plazo un método de pago válido, se producirá la
cancelación
de la cuenta.
4.3.- Licencia para uso académico
4.3.1.- Si se concede a un cliente una licencia académica, Naftic concede al cliente, que
acepta, una
licencia no exclusiva, no transferible por cualquier título, no disponible, no susceptible
de subrogación o
subexplotación, vinculada al cumplimiento de los deberes estipulados en este acuerdo, para
instalar y
utilizar el software a los exclusivos fines académicos y de investigación. Por fines
académicos se entiende
que el software pueda ser utilizado por el cliente en un entorno académico, con las
condiciones
pactadas previamente con Naftic, siempre y en todo caso en contrato escrito entre las
partes. Cualquier
otro uso del software queda expresa y absolutamente excluido.
4.3.2.- Naftic proporcionará una única clave por licencia de uso académico.
4.3.3.- Si el cliente incumpliera lo dispuesto en este acuerdo respecto del uso académico, y
(a título de
ejemplo pero no exclusivamente) usara el software para un uso comercial, el cliente se
obliga a adquirir
una licencia comercial, por el precio que en ese momento tenga la licencia, incrementada con
penalización del 10%.
4.3.4.- Naftic podrá exigir:
a.- Que el cliente ponga a disposición de Naftic sus instalaciones para realizar talleres
sobre el uso de
su software, gratuitamente.
b.- Que el cliente informe a los estudiantes del interés de Naftic en colaborar con ellos en
la publicación
de cualesquiera trabajos académicos que se refieran al software objeto de licencia, su uso o
su área de
conocimiento.
c.- Que el cliente publique y/o presente públicamente los resultados de su trabajo,
conseguido
utilizando el software. En todos estos supuestos de publicación y exposición públicas, el
cliente deberá
hacer mención de que Naftic ha proporcionado una licencia educativa de uso de su software, y
se
referirá al mismo con las debidas identificaciones de su propiedad intelectual y derecho
marcario,
conforme a lo convenido en el contrato previo de autorización.
d.- Que el cliente proporcione a Naftic una copia del trabajo publicado.
e.- El cliente reconoce el derecho de Naftic a anunciar públicamente y sin restricciones que
el cliente es
un usuario oficial del software.
5.- Contraseña
5.1.- El uso pleno del software está asociado al uso de una cuenta de usuario, con un perfil
determinado, a la que se accede mediante el uso de una contraseña. Esta contraseña se
determinará
por el cliente en el momento de contratar una licencia comercial o una licencia de
evaluación.
5.2.- Una vez que el cliente introduzca en la plataforma un perfil de usuario asociado a un
correo
electrónico, el titular de dicha dirección de correo recibirá un enlace en el que poder
asociar una
contraseña personal a dicho perfil, que será de su exclusivo conocimiento.
5.3.-En caso de pérdida de la contraseña, el cliente o usuario podrá solicitar a través del
software que
se le permita determinar una nueva contraseña, a través del procedimiento que Naftic haya
previsto a
tal efecto.
6.- Derechos de Naftic
6.1.- Naftic, como único titular, desarrollador y propietario en exclusiva del Software, se
reserva el
derecho a modificar el mismo en cualquier momento, sin comunicación previa de cualquier
clase, y sin
que pueda el cliente o usuario reclamar por este concepto.
6.2.- Naftic tendrá derecho a verificar los equipos y terminales en los que se haya
instalado el software,
para garantizar el cumplimiento de este acuerdo.
6.3.- Naftic se reserva el derecho a utilizar tecnología de recolección de datos para reunir
información
técnica, incluyendo archivos sospechosos, para detectar y prevenir el uso no autorizado o
ilegal del
software. Naftic tomará todas las medidas razonables en derecho para que la información
compilada
de este modo se limite a la que pueda alertar de un incumplimiento. El hecho de instalar y/o
utilizar el el
software supone que el cliente o usuario reconoce y muestra su conformidad con que Naftic
reúna,
ponga en conocimiento de terceros, almacene y analice la información recopilada para los
fines
mencionados anteriormente.
6.4.- Naftic auditará el cumplimiento de este acuerdo. Si se detecta un uso no autorizado
del Software,
podría ocasionar un mal funcionamiento del software, volviéndose inestable, funcionando
indebidamente o corrompiendo los datos almacenados o generados por el mismo.
6.5.- Todo derecho, título o interés del material autorizado, o vinculado al mismo, en
materia de
propiedad intelectual, pertenece por entero, y seguirá perteneciendo, a Naftic. Este acuerdo
no supone
la adquisición del cliente de derecho alguno, título o interés con relación al material
autorizado, sino un
derecho de uso limitado de acuerdo con los términos de este acuerdo, y revocable conforme al
mismo.
6.6.- El cliente se obliga a no adaptar, realizar cualquier operación de ingeniería inversa
o transformar o
derivar otras obras del software o cualquier parte del mismo. El cliente no podrá utilizar
ningún equipo,
software u otros medios para circunvalar o eliminar, o intentarlo de cualquier manera,
cualquier forma
de protección técnica utilizada por Naftic en relación al software.
6.7.- El cliente o usuario se obliga a no disponer, sublicenciar, transferir, arrendar,
compartir o de
cualquier modo ceder o explotar los derechos adquiridos conforme a este acuerdo, ni a vender
material
autorizado o cualquier parte o copia del mismo, ni a terceros ni a posibles entidades
vinculadas al
cliente.
6.8.- El cliente se obliga a abonar a Naftic la cantidad asociada a cada plan de uso que
contrate, por
el valor establecido por Naftic, entendiendo que el impago de cualquiera de las cuotas
supondrá la
inmediata cancelación de su licencia.
7.- Condiciones adicionales-actualización.
7.1.- El material autorizado, o parte del mismo, puede estar sujeto a condiciones
adicionales o
divergentes de las expresadas en este acuerdo, y el cliente se obliga a cumplir y respetar
dichas
condiciones.
7.2.- Si Naftic pusiera a disposición del cliente cualquier material adicional relacionado
con el material
autorizado, con inclusión, sin limitación de ninguna clase, de correcciones, parches,
actualizaciones,
mejoras o nuevas versiones del software o el material autorizado, tales materiales
podrán:
a.- Incluir o sujetarse a otras condiciones de las estipuladas en este acuerdo.
b.-Si no hubiera otras condiciones para tales materiales, estimar que se encuentran sujetos
a las mismas
nomas estipuladas para los materiales autorizados anteriores.
8.- Coste de la licencia
El coste de la licencia comercial se vincula a la suscripción al servicio con el que se
permite
operar el software, consistente en un perfil de usuario determinado. La activación del
perfil y el uso de
una contraseña que permita acceder al servicio durante el período de validez está
estrictamente sujeta al
pago del coste de la licencia que corresponda.
9.- Privacidad.
Para prestarle los servicios a clientes y usuarios, necesitamos información sobre ellos.
Sólo se
utilizará su información cuando exista un fundamento jurídico para hacerlo. La información
recopilada,
su uso y las opciones del cliente y usuario se detallan en la Política de Privacidad de
Naftic, disponible
en
http://naftic.com/politica-de-privacidad/
.
10 Efectos y Extinción
10.1.- Este acuerdo y las licencias concedidas conforme al mismo serán efectivas desde el
momento en
el que antes ocurra alguna de las siguientes circunstancias:
a.- Entrega de material autorizado bien por Naftic, bien por los distribuidores
autorizados.
b.- Primera instalación del software.
c.-El primer uso del software.
Todas estos momento se considerarán fecha efectiva.
10.2- La licencia se concederá anualmente, mensualmente, por otros períodos de tiempo, o
mediante
un sistema de pago por uso. Salvo que se indique expresamente lo contrario, la licencia se
entiende
concedida por un mes.
10.3.- Las licencias de uso demostrativo y evaluación tendrán una duración de 30 días, salvo
expreso
acuerdo en contrario entre el cliente y Naftic.
10.4.- La licencia mensual da derecho al cliente a utilizar el software por un período
comprendido entre
la fecha de contratación de la licencia y el mismo día del mes siguiente. Las licencias
mensuales se
renovarán automáticamente, salvo cancelación por parte del cliente titular de la licencia
antes de que
expire el mes de vigencia. En caso de renovación, será emitida una nueva factura relativa al
coste de la
nueva licencia. La licencia renovada comienza en la fecha de extinción de la previa.
Si se concede una licencia de pago por uso, el cliente tendrá derecho a utilizar el software
tantas veces
como se haya acordado, por un período de doce meses consecutivos desde la fecha
efectiva.
10.6.- El cliente podrá dar por terminado ese acuerdo en cualquier momento, bien devolviendo
o
destruyendo cualquier software o material en su poder. En este caso, no tendrá nada que
reclamar a
Naftic o los distribuidores autorizados, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 12 de
este acuerdo.
10.7.- Naftic podrá extinguir el presente acuerdo en caso de incumplimiento por el cliente
de lo previsto
en el mismo. En este caso, la licencia se revocará inmediatamente.
10.8.- Las licencias de uso demostrativo y de evaluación pueden extinguirse en cualquier
momento,
unilateralmente, por Naftic, a su sola discreción, si el cliente incumpliera el presente
acuerdo o Naftic
tuviera dudas razonables y fundadas de que se está produciendo este incumplimiento.
10.9.- En caso de extinción o terminación de la licencia, el cliente deberá cesar en el uso
de cualquier
material autorizado que esté en su poder, y devolver o destruir, según decida
discrecionalmente Naftic,
los materiales autorizados. Una vez que se extinga la licencia, o se dé por terminada, el
acceso al
servicio a través del software cesará, no siendo posible el registro de jornadas laborales
más allá de la
extinción de la licencia.
11.- Mantenimiento
11.1.- Salvo pacto en contrario con el cliente, Naftic no tiene obligación de prestar
asistencia técnica ni
servicio de atención al cliente o al usuario de ninguna clase. El cliente o usuario asumirá
cualquier
gasto que le sea necesario, a él o a un tercero, tanto para formarse en el uso del software
como para
resolver los problemas técnicos que pudiera tener.
11.2.- En consecuencia, Naftic no estará obligada a la asistencia por correo electrónico, la
depuración
de bugs, o la actualización de la aplicación o sus expansiones.
12.- Garantía
12.1.- En el exclusivo caso de las licencias comerciales, Naftic garantiza, al cliente
exclusivamente, que
el software autorizado está libre de vicios y que funciona adecuadamente, por un período de
90 días
desde la fecha efectiva, que se entenderá como período de garantía. La garantía
proporcionada por
este período por Naftic se limitará al correcto funcionamiento del software conforme a las
funcionalidades básicas del mismo, y en particular, el almacenamiento de registros horarios
en el ámbito
laboral, por geolocalización, considerándose accesorios y no cubiertos por la garantía
cualesquiera
otros aspectos del software. La garantía no cubre la inaptitud del software para cumplir con
fines del
cliente distintos a los previstos en este acuerdo y en la naturaleza del software.
12.2.- Las licencias para uso académico, educativo, demostrativo y de evaluación no
generarán período
de garantía. La única obligación de Naftic, en estos casos, será intentar corregir los
errores de software
detectados, de buena fe y con la mayor eficacia posible, con sujeción a sus circunstancias
empresariales
y de producción, y sin que pueda exigirse por clientes o terceros una asistencia de
cualquier clase.
13.- Limitación de responsabilidad
13.1.- Ninguna de las partes será responsable por los perjuicios indirectos, accidentales,
incidentales,
especiales o de cualquier naturaleza, incluyendo, pero no limitándose a, beneficios
perdidos,
incapacidad para utilizar el software, perdida de datos e información o interrupciones o
alteraciones en
el desarrollo normal de la actividad empresarial, incluso en los supuestos en los que se
haya indicado
que tales daños podían producirse e incluso si se pusieran a disposición del cliente
soluciones que
finalmente no consiguieran su cometido, así como los daños derivados de la desatención por
parte del
cliente de las sugerencias, recomendaciones o instrucciones de Naftic para utilizar el
software. En
particular, se excluye cualquier responsabilidad de Naftic en materia de derecho del trabajo
y de la
seguridad social.
13.2.- La responsabilidad de las partes por los daños que se hayan producido bajo la
vigencia de este
acuerdo, quedarán estrictamente limitadas a las cantidades que se hayan pagado a Naftic en
los
últimos doce meses por el cliente.
13.3.- La fuerza mayor y el caso fortuito excluyen por entero la responsabilidad de las
partes.
13.4.- Naftic no será responsable, y cliente y usuario aceptan íntegramente exonerar a
Naftic de
cualquier tipo de responsabilidad, del contenido, registro, conservación o exactitud de los
registros
horarios de jornada de trabajo realizados a través de la aplicación. Igualmente, Naftic no
será
responsable de ningún modo, y cliente y usuario aceptan exonerar a Naftic de cualquier
responsabilidad, de cualquier efecto jurídico y/o administrativo vinculado a los registros
horarios, su
valor probatorio, su validez como prueba o cualesquiera otras circunstancias relativas a los
mismos.
13.5.- Naftic no asume, ni tiene responsabilidad de clase alguna, obligaciones de carácter
laboral o de
seguridad social, que corresponderán al sujeto pasivo de las mismas.
14.- Disposiciones adicionales
14.1.- Principio de conservación. Si se declarará nula o inaplicable alguna de las cláusulas
de este
acuerdo, por una autoridad judicial competente, se tendrá la misma sin efecto y por no
puesta, siendo
válido el resto del acuerdo.
14.2.- En caso de incumplimiento de este acuerdo por una de las partes, la no reclamación de
contrario
no se considerará en ningún caso una derogación de la disposición incumplida.
14.3.- Indisponibilidad. Los derechos de uso reconocidos al cliente durante la vigencia de
la licencia
son, entera e incondicionalmente, indisponibles.
14.4.-El cliente deberá hacer un uso del software y material autorizado de acuerdo con la
legislación
aplicable en España y la Unión Europea, así como cualquier otra norma internacional o
nacional
aplicable. El cliente renuncia a cualquier reclamación y al ejercicio de cualquier acción
judicial contra
Naftic por las consecuencias de un uso no ajustado a derecho del software.
14.5.- Fuero y ley aplicable. Este acuerdo deberá aplicarse e interpretarse conforme al
derecho del
Reino de España. Las partes renuncian a cualquier fuero que pudiera corresponderles y se
someten
expresamente a la competencia de los juzgados de la ciudad de Córdoba, España.
15.-Sobre el Servicio prestado por Log and Go
15.1.- Log and Go es una aplicación diseñada para facilitar el cumplimiento por parte de las
empresas
del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, tras la modificación operada por el RDL
8/2019, de
8 de marzo.
15.2.- Dicho artículo prevé que «La empresa garantizará el registro diario de jornada, que
deberá incluir
el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona
trabajadora, sin
perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.
Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del
empresario previa
consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y
documentará
este registro de jornada.
La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y
permanecerán
a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección
de Trabajo y
Seguridad Social.»
15.3.-Log and Go permite registrar de modo exacto, a través del dispositivo móvil en el que
se haya
instalado, los momentos en los que un trabajador comienza e interrumpe su jornada de
trabajo.
15.4.- La configuración por defecto de Log and Go sólo permite los registros cuando el
trabajador está
en el centro de trabajo predeterminado por la aplicación, información que se obtiene
mediante
geolocalización.
15.5.- El uso del software implica la aceptación de que la aplicación haga uso en primer o
segundo
plano de las funciones de geolocalización del dispositivo en el que se haya instalado.
15.6.-Naftic no se hace responsable, ni podrá reclamarse responsabilidad por cualquier
título, si los
clientes y usuarios de Log and Go:
-Acceden a los Servicios de manera no autorizada (incluyendo el uso de software modificado o
software
no oficial de terceros);
-Acceden al servicio con varias cuentas.
-Comparten cuentas.
-Utilizan cualquier técnica para alterar o falsificar la ubicación de un dispositivo (por
ejemplo, mediante
el redireccionamiento de GPS)
-Venden o intercambian las cuentas.
16.- Cuentas
16.1.- El uso del servicio de registro horario implica la creación de una cuenta con Naftic
(una
"Cuenta"), y deberá también disponer de acceso a un dispositivo apto para ello y de una
conexión a
Internet. Quedan excluidos los dispositivos que tengan manipulado el sistema operativo
("root" o
"jailbreak").
16.2.- Puede crearse una Cuenta por el cliente para sus usuarios subordinados utilizando el
canal
previsto por Naftic.
16.3.- No podrá revelarse la contraseña del cliente o usuario a ninguna otra persona, y
deberá
notificarse inmediatamente cualquier uso no autorizado de la cuenta. El cliente o usuario
asume la
responsabilidad de todas las actividades que se realicen en o desde su cuenta, con
independencia de si
es consciente o no de las mismas.
17.- Jornadas irregulares
Las jornadas de trabajo que se realicen fuera del lugar predeterminado, impliquen
desplazamientos o introduzcan variaciones por motivos de flexibilidad horaria, se
registrarán en Log and
Go con desactivación del servicio de geolocalización, y con las condiciones establecidas por
el cliente y
los usuarios.
18.- Aceptación
El registro en Log and Go, tanto con un perfil de cliente como de usuario, supone un
reconocimiento expreso de la validez y viabilidad del servicio como registro horario de la
jornada de
trabajo. La veracidad y precisión de los datos introducidos por el cliente y los usuarios,
así como la
frecuencia con la que los mismos se introduzcan, es responsabilidad exclusiva de cliente y
usuarios, sin
que Naftic asuma ninguna función de supervisión, auditoría o automatización.
19.-Naftic
19.1.- Naftic conservará al menos durante cuatro años los registros horarios mensuales de
cada cuenta
durante la vigencia de la cuenta, obligación que subsistirá en los cuatro años siguientes a
la extinción
de la licencia de uso. Transcurrido este plazo, los datos de registro de las cuentas sin
licencia podrán ser
eliminados a la sola discreción de Naftic.(A modo de ejemplo, el registro horario mensual de
junio de
2019 podría ser eliminado el primer día de julio de 2023).
19.2.- Durante el período de vigencia de la licencia, cada usuario o cliente con una cuenta
activa
podrá acceder a la misma y descargar sus registros horarios, en el caso del usuario, y los
de todas las
cuentas subordinadas, en el caso del cliente.
19.3.- El primer día de cada mes durante la vigencia de la licencia, el software generará un
informe con
el registro horario del mes anterior, que será remitido a cada usuario (limitándose a su
propio registro) y
al cliente titular de la licencia (que recibirá un informe de todas las cuentas). En caso de
cancelación de
una cuenta de usuario por el cliente, dicho usuario recibirá un informe con el registro
horario de su
jornada de trabajo de los cuatro años anteriores. En caso de cancelación de la licencia
principal, el
software generará un informe del registro horario de la jornada de trabajo relativo a los
cuatro años
anteriores, que se remitirá al cliente en su totalidad y a cada usuario activo en el momento
de la
cancelación en lo referente a su situación personal.
19.4.- Sin perjuicio de lo anterior, Naftic recomienda como buena práctica la descarga
periódica de los
registros por parte de clientes y usuarios.